REGLAMENTO DEL PROGRAMA RECOMIENDANOS

REGLAMENTO DEL PROGRAMA RECOMIENDANOS

CAPITULO I

DEFINICION, OBJETIVOS Y ALCANCES

 Artículo 1. – Definición. Recomiéndanos es la estrategia establecida para el crecimiento de Venezuela Lectora – Programa de Promoción de la Lectura, la Escritura y el Multilingüismo en todo el país y el mundo, mediante el apoyo de los socios que recomiendan a Venezuela Lectora e invitan a otras personas a ingresar como socios, por lo cual reciben los ingresos y beneficios establecidos en este Reglamento.

Artículo 2. – Objetivos. Con el Programa Recomiéndanos, se busca lograr los siguientes objetivos:

  1. El crecimiento sostenido del número de socios de Venezuela Lectora, para contar con los ingresos operacionales necesarios para el funcionamiento y la prestación de servicios a la comunidad en el país y el mundo.
  2. Organizar una red nacional de instituciones y personas promotoras de la lectura, la escritura y el multilingüismo, como hábitos que mejoren el nivel educativo y cultural de los venezolanos y sus competencias comunicativas.
  3. Aprovechar la internet y su cobertura nacional para facilitar el crecimiento de Venezuela Lectora y el trabajo de invitación que realizan los socios.
  4. Ofrecer a los socios de Venezuela Lectora la oportunidad para que puedan construir un ingreso creciente y permanente que garantice su independencia financiera, con su participación por la invitación a vincularse a Venezuela Lectora.

Artículo 3. – Principios Básicos del Programa Recomiéndanos.

  1. Participación Libre y Voluntaria. El ingreso de los socios de Venezuela Lectora al Programa Recomiéndanos es libre y voluntario, al igual que la permanencia y retiro, que puede darse en cualquier momento, sin requisitos ni condiciones.
  2. Un socio puede decidir no participar del Programa Recomiéndanos, y continuar disfrutando los programas y servicios de Venezuela Lectora.
  3. Cada socio puede invitar a las personas que libremente decida, sin límites mínimos ni máximos. Para el efecto, debe proporcionar a los invitados su usuario o link personal de identificación para que lo ingresen en el formulario de registro.
  4. Los socios de Venezuela Lectora pueden residir en cualquier parte del país o del exterior.
  5. La vinculación se realiza por internet a través del portal web institucional venezuelalectora.online.
  6. Vinculación única. Cada socio podrá participar una sola vez en el Programa Recomiéndanos. Las cuentas múltiples de una persona serán anuladas.

 CAPITULO II

BENEFICIOS

 Artículo 4. – El socio que voluntariamente participe en el Programa Recomiéndanos, podrá invitar como sus socios en Venezuela Lectora a sus conocidos (familiares, amigos, vecinos, compañeros de estudio o trabajo, contactos en redes sociales). Por cada socio invitado, el Programa Recomiéndanos se encarga en apoyarlo en el crecimiento de su Club de Lectura personal, adicionándole nuevos socios en todo el país.

El Programa Recomiéndanos ofrece a los socios de Venezuela Lectora los siguientes beneficios:

  1. Creación del Club de Lectura personal, que inicia con los invitados directos y sigue creciendo con los socios que adiciona Recomiéndanos en todo el país.
  2. Ingresos. Cada socio recibirá US$2.5 por cada uno de los socios directos que invita,  y por los socios que le adiciona Venezuela Lectora a su Club de Lectura Personal.

Estos ingresos se acumularán mensualmente y se girarán dentro de la semana siguiente a la cuenta financiera que reporte a Venezuela Lectora.

Cada socio recibe el ingreso tanto por la vinculación de nuevos socios a su Club de Lectura personal, como por las renovaciones trimestrales de la membresía, de manera que el ingreso será permanente.

Artículo 5. – Los diferentes beneficios que ofrece Venezuela Lectora a los socios que participen del Programa Recomiéndanos serán inmediatos una vez se vinculen los socios.

Artículo 6. Propiedad – Los socios de Venezuela Lectora que participen del Programa Recomiéndanos, tendrán de por vida la propiedad sobre el Club de Lectura que organicen y sobre los beneficios económicos por la invitación a otras personas a ingresar como socios de Venezuela Lectora, conforme a lo establecido en el Artículo 4 de este Reglamento. Para conservar este derecho, deberán mantener vigente la vinculación como socios de Venezuela Lectora. Si no se renueva la vinculación, se perderán los beneficios del Programa Recomiéndanos, en forma definitiva.

 Artículo 7. – Cada socio de Venezuela Lectora puede designar a los socios (máximo 3) que heredarán sus derechos sobre el Club de Lectura personal que haya organizado y sobre los ingresos y beneficios asociados-. Para el efecto, podrán registrar estos socios herederos en su panel de administración personal.

 Artículo 8. – Aprobación. Reglamento aprobado por Venezuela Lectora, el 23 de septiembre de 2026